Desde el cierre de Megaupload, muchos son los focos que apuntan a otros servicios de almacenamiento y descarga de archivos, como por ejemplo Rapidshare. Este servicio, que ha llegado incluso a bajar la velocidad de las descargas gratuitas, se encontraba inmerso en un litigio en Alemania contra Gema (Gesellschaft für musikalische Aufführungs), la entidad gestora de derechos de autor con mayor número de asociados de Alemania. Hace unos días, tras la vista para sentencia, nos quedó la sensación de que Rapidshare había salido muy perjudicado pero, tras la publicación de la sentencia completa, el tribunal de Hamburgo reconoce como legal la actividad de este popular servicio.
Si bien parecía que Rapidshare había sido condenada a implementar un sistema proactivo de detección de contenidos sujetos a derechos de autor y que, por tanto, podría ser el fin del servicio; la sentencia abre la puerta a la supervivencia del servicio con un modelo de monitorización mucho más laxo y, de hecho, tanto Gema como Rapidshare se consideran vencedoras del litigio (aunque ambas recurrirán la sentencia).
Rapidshare considera muy importante que el tribunal haya considerado perfectamente legal el modelo de negocio del servicio y, por tanto, ha legitimado su actividad. Por contra, atendiendo a la denuncia de la entidad gestora alemana, Gema, se prohíbe al servicio la publicación de contenidos cuyos derechos de autor estén gestionados por dicha entidad pero no se obligará a Rapidshare a implementar medidas especiales para evitar que se publiquen estos contenidos más allá de lo que ya vienen haciendo de manera habitual.
Originalmente, Gema había solicitado en su demanda que Rapidshare debía ser proactivo en la lucha contra la piratería y, por tanto, había que obligarle a implementar medidas de detección y eliminación de contenidos que vulnerasen los derechos de autor de sus asociados. Sin embargo, el tribunal le ha dado la vuelta al modelo solicitado por Gema y ha ordenado a Rapidshare a monitorizar los enlaces entrantes para localizar páginas web que enlacen las descargas y usarlos para identificar los contenidos a retirar. Este modelo, según declaró Rapidshare, es el que hacen normalmente y, por tanto, tendrán que mantener el actual “equipo contra el abuso” que se dedica a identificar archivos susceptibles de ser eliminados de la plataforma.
¿Entonces han quedado en tablas? Básicamente, eso es lo que parece deducirse de la sentencia y, aún así, parece que ambas partes van a recurrir la decisión judicial. Gema recurrirá porque ha obtenido mucho menos de lo que esperaba y Rapidshare, que creo que es la que ha salido mejor parada, quiere recurrir por la obligatoriedad de mantener en funcionamiento el “equipo contra el abuso” que, bajo su punto de vista, no tendrían por qué estar obligados a mantenerlo si su modelo de negocio es legal.
Según la CEO de Rapidshare, Alexandra Zwinglio:
Estamos haciendo esto por nuestra propia voluntad, porque tenemos gran interés en garantizar que nuestro servicio se mantenga limpio. Creemos que desde la perspectiva legal, el obligarnos a realizar estas acciones es una forma de cuestionarnos. Por esta razón, apelaremos el veredicto ante el más alto nivel judicial
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